CURP
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REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA CÉDULA ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN “CURP”

ACTA DE NACIMIENTO.- Expedida por el Gobierno del Distrito Federal, Registro Civil de los gobiernos den las entidades federativas y por las oficinas consulares del Servicio Exterior Mexicano. (Identificaciones IFE, CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR, PASAPORTE, LICENCIA DE MANEJO, vigentes).

DOCUMENTO MIGRATORIO.- Expedido por el Instituto Nacional de Migración de la Secretaria de Gobernación para los extranjeros con estancia legal en el territorio nacional. (Identificaciones FM2, FM3).

CARTA DE NATURALIZACIÓN.- Trámite expedido por la Secretaria de Relaciones Exteriores a las personas que adquieren la nacionalidad mexicana.

CERTIFICADO DE NACIONALIDAD MEXICANA.- Trámite expedido por la Secretaria de Relaciones Exteriores, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 16 y 17 de la Ley de Nacionalidad.

(Artículo 16.- Los mexicanos por nacimiento a los que otro Estado considere como sus nacionales, deberán presentar el certificado de nacionalidad mexicana, cuando pretendan acceder al ejercicio de algún cargo o función para el que se requiera ser mexicano por nacimiento y que no adquieran otra nacionalidad. Al efecto, las autoridades correspondientes deberán exigir a los interesados la presentación de dicho certificado.

En el caso de que durante el desempeño del cargo o función adquieran otra nacionalidad, cesarán inmediatamente en sus funciones.

Artículo 17.- Los mexicanos por nacimiento a los que otro Estado considere como sus nacionales,

podrán solicitar a la Secretaría el certificado de nacionalidad mexicana, únicamente para los efectos del artículo anterior.

Para ello, formularán renuncia expresa a la nacionalidad que les sea atribuida, a toda sumisión, obediencia y fidelidad a cualquier Estado extranjero, especialmente de aquél que le atribuya la otra

nacionalidad, a toda protección extraña a las leyes y autoridades mexicanas, y a todo derecho que los tratados o convenciones internacionales concedan a los extranjeros. Asimismo, protestarán adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades mexicanas y se abstendrán de realizar cualquier conducta que implique sumisión a un Estado extranjero. El certificado de nacionalidad mexicana se expedirá una vez que el interesado haya cumplido con los requisitos de esta Ley y su reglamento.)

NOTA: El presente trámite es totalmente gratuito.

Se informa que el presente trámite es de manera personal.

 

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